¿Sabes si alguna decisión de tu gestión está siendo investigada en este momento?
La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que la investigación por presunta responsabilidad administrativa puede iniciarse de oficio, por denuncia o derivado de auditorías practicadas por las autoridades competentes. Argumenta que esas investigaciones se llevan sin obligación de notificar al servidor público durante esa etapa.
La notificación formal llega cuando la autoridad investigadora ya calificó la falta, elaboró el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa y lo presentó ante la autoridad substanciadora. Para ese momento, el expediente tiene semanas o meses de integración. La defensa arranca en desventaja desde el primer día. ⚖️
También establece los plazos de prescripción: tres años para faltas administrativas no graves y siete años para faltas graves, contados a partir del día siguiente en que se cometió la infracción o en que cesó. Esos plazos corren con independencia de que el servidor público haya sido notificado. Una decisión tomada hace cuatro años dentro de una gestión puede ser objeto de un procedimiento activo hoy. 📋
Conocer el estado real de la propia exposición jurídica antes de recibir un citatorio permite actuar con margen: preparar documentación de respaldo, identificar los actos con mayor riesgo de cuestionamiento y construir una posición jurídica sólida desde el inicio del procedimiento, en lugar de reaccionar cuando el expediente ya está integrado.
¿Cuándo fue la última vez que revisaste si alguna decisión de tu gestión tiene exposición administrativa?


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